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Política

Sheinbaum promulga la ley de pagos digitales; Hacienda definirá dónde el efectivo deja de ser opción

La norma, vigente desde el 5 de noviembre, faculta a Hacienda para definir en 15 días hábiles los giros obligados a cobrar electrónicamente, sin prohibir aún el efectivo.

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Sheinbaum promulga la ley de pagos digitales; Hacienda definirá dónde el efectivo deja de ser opción

La presidenta Claudia Sheinbaum promulgó la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, que faculta a la Secretaría de Hacienda para decidir en qué giros y actividades el cobro electrónico será obligatorio y sustituirá al efectivo de forma gradual, informó El Heraldo de Aguascalientes. El decreto se publicó el miércoles en el Diario Oficial de la Federación.7

Los hechos

La ley entró en vigor este jueves 5 de noviembre, aunque no prohíbe el efectivo de inmediato: prevé fases para precisar qué actividades deberán cobrar solo por vía digital.2 La Secretaría de Hacienda dispondrá de 15 días hábiles para precisar en qué sectores se deberá cobrar con tarjeta, transferencia o código QR.3

Será el gobierno federal el que fije cuáles actividades quedan obligadas a cobrar por vía electrónica.1 El texto acota el efectivo a ciertos giros de la economía mexicana.5

El decreto también prevé extender transferencias, tarjetas, códigos QR y otras herramientas electrónicas en el comercio y en los servicios públicos.7 Hacienda queda facultada, además, para decidir en qué giros el pago electrónico será la única vía, en una sustitución que el propio decreto plantea como gradual.8

Nuestra lectura

El cambio que la ley introduce este jueves está en quién decide. La facultad de fijar los giros queda en Hacienda, con 15 días hábiles de plazo.3 La caja del comercio no cambia todavía: mientras esa lista no exista, la obligación no tiene destinatario verificable.

La entrada en vigor y la exigencia efectiva son dos fechas distintas: el texto prevé fases.2 La gradualidad es el mecanismo del decreto. Primero se publica la norma; después se nombra a los obligados.3

Para un comercio, la pregunta práctica —si su giro aparecerá en la lista— sigue abierta. La ley tampoco prohíbe el efectivo en general: habilita a Hacienda a volver obligatorio el cobro electrónico en actividades que aún no se nombran.8

Contrapuntos

La objeción más fuerte a esta lectura es que el escalonamiento no reduce el alcance. La ley ya prevé que el cobro electrónico sea la única vía en los giros que Hacienda determine.8 Desde ese ángulo, la discusión del calendario deja en segundo plano cuánto de la economía quedará fuera del efectivo.

Una cobertura local lo formuló en términos de control: la norma podría dar al gobierno mayor control sobre los ingresos y gastos de los mexicanos.4 La preocupación no se responde con el calendario ni con la lista de giros. Ninguna de las fuentes incluidas describe qué información generará el cambio ni cómo se usará.

Queda abierto qué giros integrarán la lista de Hacienda, en qué orden entrarán y qué ocurrirá con los que queden fuera. Ninguna de las fuentes incluidas fija la fecha en que empezará a exigirse el cobro electrónico en el primer sector.

Fuentes8 fuentes

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