La 62 Legislatura del Estado de México aprueba la nueva ley orgánica de la UAEMéx
La 62 Legislatura del Estado de México aprobó el jueves 29 de octubre la nueva ley orgánica de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx), que modifica la estructura de gobierno de la institución, amplía los derechos de la comunidad universitaria y fija nuevas reglas para la elección de…

La 62 Legislatura del Estado de México aprobó el jueves 29 de octubre la nueva ley orgánica de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx), que modifica la estructura de gobierno de la institución, amplía los derechos de la comunidad universitaria y fija nuevas reglas para la elección de autoridades, la participación estudiantil y la resolución de controversias internas, según Apocaliptic. La Jornada Estado de México reportó que la universidad tendrá un marco legal nuevo 34 años después.
Apocaliptic enumera tres puntos: quién interviene en la elección de las autoridades, cómo participa el estudiantado y qué instancia dirime los conflictos internos. La Jornada Estado de México reportó el 28 de octubre que la propuesta avanzaba en comisiones y que el último marco legal de la universidad databa de 34 años atrás.
Los hechos
La Jornada Estado de México publicó el 28 de octubre que la propuesta avanzaba en comisiones legislativas, sin detallar el contenido del dictamen ni el sentido de los votos. Un día después, Apocaliptic informó que la 62 Legislatura había aprobado la legislación ese jueves y describió sus tres ejes: estructura de gobierno, derechos de la comunidad universitaria y reglas de elección de autoridades, participación estudiantil y controversias internas.
Nuestra lectura
De los cambios enumerados, el de la elección de autoridades es el que redistribuye poder interno: define quién interviene en la designación de quien gobierna la universidad. Los otros dos dependen de su redacción. Un derecho reconocido sin procedimiento se queda en el enunciado, y una participación reconocida sin reglas de votación puede no alterar ninguna decisión. La aprobación, por sí sola, dice menos que el articulado: el peso de la reforma se mide en las reglas electorales y en los procedimientos que las acompañen.
Esa lectura tiene un límite: se apoya en la lista de materias que dio Apocaliptic, no en el texto de la ley. Si la reforma cambia la integración de los órganos que votan, su alcance es mayor que si solo ordena el procedimiento.
Contrapuntos
La objeción más fuerte es que la pieza decisiva puede ser otra: la resolución de controversias internas. Si la ley dota a una instancia de facultades para decidir conflictos entre estudiantes, académicos y órganos de gobierno, traslada al terreno del procedimiento decisiones que de otro modo quedarían en la negociación política, y ese cambio se siente en la vida cotidiana antes que una elección.
La segunda objeción es de calendario: entre el avance en comisiones que reportó La Jornada Estado de México el 28 de octubre y la aprobación que reportó Apocaliptic el 29 hay un día, y ninguna de las dos coberturas registra el debate, las reservas ni las posiciones de los grupos parlamentarios. Atribuir a la reforma un efecto preciso sobre el gobierno universitario sería adelantar lo que los textos no dicen.
Queda abierto el contenido de la ley publicada: los votos, los transitorios, la fecha de entrada en vigor y la integración de los órganos que deberán renovarse bajo las reglas nuevas.
Fuentes2 fuentes
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